martes, 29 de abril de 2008

Presupuesto municipal y calidad institucional


(*) por Carlos Vila

La buena o mala calidad de un Estado, sea municipal, provincial o nacional, puede apreciarse a partir de poder valorar el funcionamiento de sus instituciones, fundamentalmente en lo que atañe al respeto por la constitución y a la legislación vigente.-

En sus escritos póstumos Juan Bautista Alberdi sostenía: "Nuestro sistema constitucional no está destinado a acotar los poderes del pueblo, sino, por el contrario, "a refrenar y limitar a sus delegatarios, que son los tres poderes que integran el gobierno nacional".-

La reciente aprobación del presupuesto rosarino para el ejercicio 2008, con solamente el voto positivo de los ediles del oficialismo municipal, echa por tierra lo sostenido por Alberdi y también la principal característica de un Estado de derecho cual es no hacer gambetas a la legislación vigente, tal como acaece con la delegación al Ejecutivo de atribuciones propias del legislativo, con el avance hacia la concentración de poder y con el desdibujamiento de las funciones de control inherentes del Concejo.-

La simple lectura de la flamante ley de leyes municipal da sustento al párrafo precedente, en donde se pueden apreciar redacciones del tenor de: "el Departamento Ejecutivo deberá establecer los precios y tarifas de todos los bienes, servicios y demás conceptos de naturaleza no tributaria", "autorizase al Poder Ejecutivo Municipal a incrementar el número de cargos de la planta de personal", o "autorizase al Departamento Ejecutivo a modificar el presupuesto…", entre otras.-

Así, constituye una paradoja el hecho de que el partido de gobierno municipal, caracterizado historicamente por la defensa de la calidad de las instituciones y por negarse a que una persona pueda manejar discrecionalmente los dineros públicos fracture esa tradición política.-

Un interrogante entonces emerge ante la transformación de la cultura política del oficialismo local: por qué teniendo mayoría propia en el Concejo Municipal el Señor Intendente se hace delegar facultades propias del poder legislativo?, apriorísticamente y para ser elegante, una primer respuesta que puede ensayarse es que estamos ante una desmedida vocación de poder, no obstante entender que solo el primer mandatario rosarino es quien puede explicitar las razones para poder dilucidar ese desviacionismo.-

A modo de conclusión, una propuesta que puede venir a poner límite a la voracidad de poder, es propugnar que en la reforma de la constitución santafesina se establezca como sabiamente lo hace la carta magna bonaerense, tanto para el gobierno provincial como para los municipios, que: "Los poderes públicos no podrán delegar las facultades que les han sido conferidas por esta Constitución, ni atribuir al Poder Ejecutivo otras que las que expresamente le estén acordadas por ella", de ese modo, a veinticinco años de la restauración del sistema democrático, estaremos haciendo un aporte importante a la calidad de nuestras instituciones.-

http://www.youtube.com/watch?v=bXzdYD3MDZQ&feature=related

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